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Falsa confesión

Son declaraciones falsas de imputados que se auto incriminan. Se puede deber a diferentes causas. A modo de ejemplo:

• Confesiones de personas con discapacidad mental o trastornos siquiátricos.
• Confesiones en estado de embriaguez o con consumo de otras drogas.
• Confesiones de menores de edad altamente sugestionables.
• Confesiones de persona sometidas a extensos interrogatorios.
• Confesiones de personas sometidas a coacción, amenaza o engaño.

Con demasiada frecuencia, casos de la mayor importancia se declaran 'resueltos' en virtud de una confesión, pero muchos imputados sostienen que no han realizado confesiones o que lo han hecho de manera forzada. Tales argumentaciones suelen ser descartadas por nuestros tribunales, porque en los hechos los policías o fiscales no deben probar que antes y durante las confesiones se han resguardado todos los derechos del imputado.

Basta la firma del imputado para trasladar el peso de la prueba a quien alega la omisión o infracción de garantías fundamentales. Estos graves cuestionamientos se evitarían si se grabaran las declaraciones y confesiones de los imputados. Con estos registros -que, por lo demás, cumplirían con las abandonadas exigencias del artículo 227 del Código Procesal Penal, de fidelidad e integridad en el registro de las actuaciones- quedaría claro el cumplimiento de la obligación de la lectura de derechos, la voluntariedad de la confesión y el contenido exacto de la misma. Hoy en Chile existen todos los medios para hacerlo a costos marginales.

Casos especialmente a considerar son, por ejemplo, las confesiones obtenidas de menores de edad, porque los niños pueden ser fácilmente manipulados y no siempre están totalmente conscientes de su situación. O jóvenes y adultos que generalmente están convencidos de que 'pueden ir a casa' una vez que admiten su culpabilidad. O personas con discapacidad mental que han confesado falsamente, debido a que se sienten obligados a complacer y estar de acuerdo con la autoridad.

En general, los funcionarios que realizan diligencias o procedimientos de interrogación reciben algún tipo de capacitación para interrogar a sospechosos de sufrir discapacidad mental. También son factores claves la disminución de la capacidad física, el deterioro mental, la ignorancia de la ley, el temor a la violencia y/o a la imposición efectiva de daño físico, la amenaza de una sentencia severa y, por último, la incomprensión de la situación.

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